martes, 14 de noviembre de 2006

LA FUERZA DE LA CONSULTA

Orlando Amores Terán



La Constitución Política, determina como principio fundamental que la soberanía radica en el pueblo (segundo inciso del Art. 1). Siguiendo este principio, de modo coherente con el mismo, establece como un derecho colectivo la consulta popular; cuya decisión adoptada en las urnas es obligatoria, si el pronunciamiento popular cuenta con el respaldo de la mayoría absoluta de los votantes; mantiene además, la institución del voto obligatorio en la consulta (Art. 103).
Los organismos del régimen seccional autónomo: consejos provinciales, concejos municipales o juntas parroquiales, con el voto favorable de las tres cuartas partes de sus integrantes, pueden pedir al Tribunal Provincial Electoral (TPE) de su correspondiente circunscripción territorial, que convoque a consulta popular (Art. 106).
El TPE, cumplidos los requisitos constitucionales y reglamentarios, procede a convocar a consulta. Los resultados de la misma, se publican en el Registro Oficial (Art. 107 y 108).
Según el Reglamento para Consulta Popular, cuando la iniciativa proviene de los organismos seccionales, los requisitos son: solicitud pidiendo se convoque a consulta, pregunta a formularse, y orden de transferencia dirigida al Banco Central (Art. 22).
Cumplidos estos requisitos, el TPE admite a trámite la solicitud, elabora la pro forma presupuestaria para la consulta y la somete a aprobación del Tribunal Supremo Electoral (TSE) (Art. 23 y 26). Ejecutado este proceso, el TPE, hace la convocatoria a consulta y envía el resultado de la misma al TSE, para que disponga la publicación en el Registro Oficial (Art. 28, 41).
Por su parte, la Ley de Elecciones preceptúa que la decisión adoptada en la consulta es obligatoria para gobernantes y gobernados, desde su publicación en el Registro Oficial, si el pronunciamiento popular cuenta con el respaldo de la mayoría absoluta de votantes (Art. 115 y 130).
La consulta popular, al ser un ejercicio democrático, no tiene detractores, salvo aquellos de mentalidad retrógrada y antidemocrática. Allí radica la fuerza de la estrategia asumida por los/as líderes de este último proceso, quienes con tenacidad y coherencia, diseñaron el mandato para ser provincia.

SANTO DOMINGO PROVINCIA

Como seremos provincia?

El 26 de noviembre, en la segunda vuelta se realizara una consulta popular solo en santo domingo donde los sanatomingueños deciden con su voto si quieren la provincia, rayando en el si o no. Solo nosotros decidimos nuestro futuro, no necesitamos permiso de nadie para saber que hacer con nuestro futuro en nuestro territorio. Ni quito, ni guayaquil deciden, solo Santo Domingo se pronunciará sobre la provincialización.

b) Por que ser provincia?

Santo Domingo reune las caracteristicas de cualquier provincia del pais, su area de
3987 km2, es mayor a la de Bolivar, O el Carchi, o Cañar. su poblacion es mayor a varias provincias, tenemos en la ciudad de Santo Domingo de los Colorados la cuarta ciudad en poblacion del pais, somos la cuarta ciudad en tributacion a nivel nacional, pero mas que estas caracteristicas de similitud a otras provincias, son las necesidades que todo este territorio tiene; con la provincia hay mas posibilidad de solucionar esta la falta de servicios que hoy nos enferman como la falta de agua potable, salud, transporte, produccion, y esto como se da, pues con nuevas autoridades para terrritorios mas manejables, que el gigante canton santo domingo con una sola cabeza, que es bien hueca en nuestro caso. Nuestro territorio es tan amplio que se requiere varios gobiernos pequeños que ayuden infinitos problemas existentes -porque se necesitan solucionar los problemas que un gobierno solo no puede, el territorio y los problemas son mas que la capacidad de un gobierno.-

c) Que gano yo con la provincia?

Si eres de Alluriquin, Puerto Limon, o La Concordia; ganas un gobierno propio, despachos publicos en tu localidad, no mas gestiones en Santo Domingo o Quito. La posibilidad mas cercana de decidir y participar por el bienestar de tu localidad.
Se descentraliza la decision de actuar, se facilita la construccion de infraestructura, y el apoyo a la produccion y con esto al desarrollo de Santo Domingo y el pais.A mas de esto, se gana una gran responsabilidad, dialogar con la comunidad a la que perteneces para lograr una provincia que nos de orgullo. por eso decidir ser provincia es una decision de todos los santodominguenses.

d) que ganamos con la provincia? beneficios

Tendremos representacion a nivel nacional en el congreso, algo nunca antes logrado.
tendremos instituciones provinciales, en el deporte federacion deportiva de pichincha, en salud nuevos centros medicos estatales y del Iess.
Los nuevos cantones tendran su propio, registro civil, jusgados, entidades de educacion, en seguridad destacamentos cantonales, lo que representa nuevos cuarteles y presencia policial mas cerca de su comunidad.

e) Como votar para apoyar la provincia?

Para Apoyar la provincia debemos votar si en la consulta popular el 26 de noviembre
no olvides primero la ley seca, luego el domingo muy temprano busca la cedula y acercate a las juntas correspondientes si no sabes pues llama a mike al 150, el te dira donde ir.

f) Cuales es la division politica, los limites, la extensión, la capital?

La nueva provincia tiene como capital, la ciudad de santo domingo, y se propone a futuro crear tres cantones Alluriquin, Puerto limon, y La Concordia, en total se tiene un area de 3.987 km2, y una poblacion de 400.000 habitantes. distribuidos: 320 mil en Santo Domingo, 40 mil en La Concordia, 20 mil en Puerto Limon y 20 mil en Alluriquin.

g) Que cambios da la provincia, para que sirve?

Sirve para dividir este gran territorio y lograr que las personas de su localidad
resuelvan sus necesidades. dandoles la oportunidad a ser parte del gobierno.
sirve para dar la oportunidad de cambiar la manera de gobernar nuestro lugar natal,
da la oportunidad de mas representacion politica, mas ciudadanos dialogaran y propondran soluciones a los problemas actuales.

Hoy solo una persona el alcalde gobierna a su parecer este gigante territorio, en compañia de 7 concejales de mayoria. mañana seran, 4 alcaldes, con 20 concejales, un prefecto, y 7 consejeros, cuatro diputados son quienes tienen la responsabilidad de cambiar la realidad que nos aqueja.

Charlas de concientización en centros educativos

El Comite de Provincialización con el interés de dar a conocer los justificativos de la provincialización de Santo Domingo lleva a cabo exposiciones en centros educativos.

El martes 14 de noviembre se visitó el Colegio Técnico.
















La mesa directiva, el Dr. Yacelga, Rector del Colegio Técnico Julio Moreno Espinoza, Comité de Provincializacion: Sr. Galo Luzuriaga R., Arq. Walter Moreno, Sr. Víctor Torres Lopez



lunes, 2 de octubre de 2006

SE PREPARA NUEVO PARO

LA HORA SANTO DOMINGO
2 de Octubre de 2006

Nuevo paro se realizaría el viernes

Si hasta el 4 de octubre no se elabora la proforma presupuestaria, el viernes se paralizará el cantón.
Se busca con la medida presionar al Tribunal Provincial Electoral de Pichincha (TPEP) para que elabore la proforma presupuestaria y continúe el trámite de llamado a consulta popular con la finalidad de que la población del cantón se pronuncien a favor o en contra de la provincialización.
La Asamblea resolvió que si hasta el miércoles 4 de octubre el TPEP no elabora la proforma presupuestaria para que ésta sea enviada al Tribunal Supremo Electoral, la medida de hecho se realizará el viernes de esta semana.
En la Asamblea se dio el informe de las comisiones que viajaron a Quito, y se propuso exigir, mediante petición firmada por el Alcalde y concejales, que una vez admitida la consulta, el Tribunal Provincial cumpla con el trámite y someta a aprobación del Tribunal Supremo Electoral, según lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento para la Consulta.
Aprobado el presupuesto, el TSE lo pone en conocimiento del Municipio y Banco Central para que le acrediten a su cuenta los costos el monto total que costará la realización la consulta.

TOME NOTA
Un primer paro se cumplió el 18 de septiembre de este año.

domingo, 24 de septiembre de 2006

viernes, 15 de septiembre de 2006

MANIFIESTO DEL PUEBLO DE SANTO DOMINGO DE LOS COLORADOS

MANIFIESTO DEL PUEBLO DE SANTO DOMINGO DE LOS COLORADOS
A LA NACIÓN ECUATORIANA Y A LOS CIUDADANOS:

Presidente del Congreso Nacional
Presidente de la República
Presidente del Tribunal Supremo Electoral

El 30 de octubre del 2006 se cumplen cuarenta años de pedir a las instancias formales del Estado, que se eleve nuestro Cantón, a categoría de Provincia, con justificativos que entonces como ahora son válidos; pero que hoy, se han transformado en exigencia desesperada, porque la actual estructura político-administrativa es insuficiente para atender nuestros requerimientos sociales.
En diciembre de 1966 propusimos el primer Proyecto de Ley para nuestra provincialización. En septiembre de 1986 reforzamos los argumentos de nuestra solicitud inicial.
A los veinte y seis años, en 1992, recién el Congreso debatió el Proyecto de Ley; y el 22 de julio del 2002, la Comisión de Descentralización del Congreso presentó informe favorable para segundo y definitivo debate.
Son cuarenta años de mantener indeclinables una lucha, por nuestro ideal supremo, que alimenta la fe en nuestro irrenunciable destino.
Cuarenta años de soportar estoicos, los embates de la necedad y del egoísmo político centralista, que se ha declarado incapaz de ser consecuente con la realidad nacional y la situación de nuestro pueblo en particular.
Ante esta actitud, el I. Concejo Municipal de Santo Domingo, resolvió en base al primer inciso del Art. 106 de la Constitución Política de la República, con el voto unánime de sus integrantes, solicitar al Tribunal Provincial Electoral de Pichincha, que se convoque a consulta popular a los ciudadanos de nuestra circunscripción territorial: si están de acuerdo en que Santo Domingo sea elevado a la categoría de provincia.
Igualmente, por unanimidad, resolvió autorizar a su Alcalde que remita orden de transferencia dirigida al Banco Central del Ecuador, para que de los fondos del I. Municipio se transfieran a la cuenta del Tribunal Supremo Electoral, el valor que presupueste dicho Tribunal, para la Consulta Popular.
El 2 de junio del 2006, el I. Concejo Municipal de Santo Domingo, aprobó las actas que contenían tales resoluciones.
El 26 de junio del 2006, la Alcaldía de Santo Domingo envió la orden de transferencia a la Gerencia del Banco Central, conforme lo dispone el Art. 22 del Reglamento para la Consulta Popular y Revocatoria del Mandato. La Gerencia del Banco Central contestó a la I. Municipalidad, que la orden de transferencia enviada por la Alcaldía de Santo Domingo, cumple los requisitos de Ley.
Protocolizados los instrumentos públicos antes enunciados; en atención a lo dispuesto en los artículos 20, 21 y 22 del Reglamento para la Consulta Popular y Revocatoria del Mandato; El I. Concejo Municipal en pleno con su Alcalde, presentamos la solicitud de convocatoria a Consulta Popular, al Tribunal Provincial Electoral de Pichincha.
Han transcurrido más se setenta días y dicho Tribunal no atiende nuestra legítima petición. En su defecto, exigió de la CELIR un informe motivado respeto de nuestros límites; creando un requisito que no existe ni en la Constitución, ni en el Reglamento para la Consulta Popular, lo cual viola el segundo inciso del Art. 18 de la Constitución Política de la República que dispone que en materia de derechos y garantías constitucionales se esté a la interpretación que más favorezca su efectiva vigencia, y prohíbe a las autoridades exigir condiciones o requisitos no establecidos, para el ejercicio de tales derechos.
No hemos pedido al Tribunal Provincial Electoral de Pichincha, que haga de Santo Domingo una provincia, lo que hemos solicitado basados en un derecho colectivo, es una Consulta Popular, sustentados en el Art. 1 de la Carta Política, que establece que la base de la autoridad es la voluntad popular.
Si la soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad la ejerce en nuestro caso, a través del Concejo Municipal. Y si esta voluntad, es la base de la autoridad; es evidente que ningún órgano público, puede violar la voluntad del pueblo santodominguense, expresada a través de la Resolución de su I. Concejo Municipal, de pedir que se convoque a Consulta Popular sobre una circunstancia trascendental para nuestra comunidad.
Hemos agotado hasta la saciedad los trámites legales, hemos insistido al Tribunal Provincial Electoral de Pichincha que se pronuncie tanto sobre el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, como sobre la pregunta contenida en nuestra petición; puesto que ha infringido el tiempo establecido en el Art. 23 del Reglamento para Consulta Popular y el retardo generó intranquilidad ciudadana que va ha convertirse en una respuesta fáctica; toda vez que los líderes de opinión y los líderes sociales, temen la conculcación de los derechos colectivos santodominguenses por parte de dicho Tribunal.
Si el derecho al debido proceso es una garantía constitucional establecida en el numeral 27 del Art. 23 de la Carta Política del Estado, retardar la práctica de los actos conducentes a convocar a Consulta Popular, como lo disponen los artículos 23, 26, 27 y 28 del Reglamento para Consulta Popular y Revocatoria del Mandato, viola además del derecho de petición, los derechos colectivos expresados en el primer inciso del Art. 106 y en el Art. 107 de la Carta Política del Estado; transgrede los principios fundamentales preceptuados en el Art. 16 y en el segundo inciso del Art. 18 de la Constitución Política de la República; y la garantía constitucional determinada en el numeral 26 del Art. 23 ibídem.
Evidenciamos ante nuestro país, que esa actitud asumida por el operador electoral, generó perjuicio al colectivo social santodominguense, creó inseguridad jurídica; puesto que su retardo conculcó garantías constitucionales que no nos dejan otro camino, que la vía de facto, para hacer valer el ejercicio de nuestro derecho a ser consultados, como el medio más idóneo para la plena vigencia del estado de derecho en el que supuestamente vivimos. ¡Qué ironía por un lado y que insensatez, por el otro!
Públicamente responsabilizamos al Tribunal Provincial Electoral de Pichincha por las violaciones a los derechos humanos, los daños morales y los perjuicios económicos que la represión estatal provoque, como respuesta a nuestra legítima movilización preventiva convocada por la Asamblea de fuerzas vivas de Santo Domingo de los Colorados, para el 18 de septiembre del 2006.

ALCALDE
VICEALDALDESA

PRESIDENTE DEL COMITÉ DE PARO

CONCEJAL CONCEJAL CONCEJAL
CONCEJAL CONCEJAL CONCEJAL
CONCEJAL CONCEJAL CONCEJAL
PRESIDENTE DE LAS JUNTAS PARROQUIALES
GOBERNADOR TSA`CHILA
VICARIO DE SANTO DOMINGO DE LOS COLORADOS
PRESIDENTE DEL COMITÉ DE PROVINCIALIZACIÓN
PRESIDENTE DE LA UNE
PRESIDENTE DEL MAGISTERIO
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE RECTORES DE COLEGIOS
PRESIDENTE DE LA CORPOPRACIÓN DE PROFESIONALES Y CÁMARAS DE LA PRODUCCIÓN
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE COMERCIO
PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE LA PEQUEÑA INDUSTRIA
PRESIDENTE DEL COLEGIO DE ABOGADOS NÚCLEO SANTO DOMINGO
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE ABOGADOS
PRESIDENTE DE LA FENAJE
PRESIDENTE DEL SINDICATO DE CHOFERES
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE TAXISTAS
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES
DIRECTOR DE DIARIO LA HORA
DIRECTOR DEL DIARIO COLORADO
DIRECTOR DE LA REVISTA PRISMA
GERENTE DE RADIO AZUCA
GERENTE DE RADIO FLAMA
GERENTE DE RADIO ZARACAY
GERENTE DE RADIO COLORADO
GERENTE DE RADIO MACARENA
GERENTE DE RADIO STEREO MAX
GERENTE DE TV ZARACAY
GERENTE DE RADIO FESTIVAL
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE MANABITAS RESIDENTES EN SANTO DOMINGO
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE LOJANOS RESIDENTES EN SANTO DOMINGO
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE CARCHENSES RESIDENTES EN SANTO DOMINGO
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE TUNGURAHUENSES RESIDENTES EN SANTO DOMINGO
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE QUITEÑOS RESIDENTES EN SANTO DOMINGO
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE BOLIVARENSES RESIDENTES EN SANTO DOMINGO
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE CAÑARIS RESIDENTES EN SANTO DOMINGO
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE PAUTEÑOS RESIDENTES EN SANTO DOMINGO
PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN DE ESMERALDEÑOS RESIDENTES EN SANTO DOMINGO
COORDINADOR DE LA COMISIÓN JURÍDICA DE APOYO AL COMITÉ DE PROVINCIALIZACIÓN

jueves, 7 de septiembre de 2006

EcoTurismo en una comunidad Tsa'chila

Asociación Agro - Artesanal “Shuyun Tsa’chila”.

Dirección: Comuna El Poste: vía a Quevedo Km. 4 margen derecho, vía al Poste Km.10

Teléfono: 097 708 703

Responsable(: José Aguavil.

Es necesario realizar un contacto previo ya que no hay transporte público diario.

Las actividades de ecoturismo que realizan son: agro turismo, caminatas por bosque segundario, (“sesiones”?) de medicina tradicional, danza, música y artesanías. Además se ofrece servicio de hospedaje y alimentación tradicional.